El dato común recogido es que el Consejo de Familia se reunía en los casos de situaciones familiares graves como orfandad, viudedad, invalidez o enfermedad. Lo componían familiares próximos del o de los afectados con la finalidad de proteger y administrar el patrimonio de éstos.
En Zeanuri (B) se ha consignado que el Consejo de Familia se constituía en casos extremos como la orfandad de hijos menores, umezurtzek, o la invalidez o enajenación mental de un cabeza de familia sin hijos o con hijos menores. Lo componían los parientes más próximos, seniderik urkoenak, y uno de ellos lo presidía. Asumía la responsabilidad de la administración de los bienes troncales y el cuidado de los hijos menores.
En Beasain (G) señalan que en el Consejo de Familia a veces sólo intervenían los hombres y otras los hijos e hijas tronqueros. La forma de actuar dependía de costumbres familiares porque había ocasiones en que los que no eran consanguíneos renunciaban a participar, se autoexcluían.
En Apodaca (A) dicen que el Consejo de Familia lo componían familiares directos del o de los afectados; en Amorebieta-Etxano (B) los hijos mayores de edad que participaban en las labores del caserío; en Legazpi (G) cuatro o cinco personas preparadas de ambas familias, paterna y materna; en Obanos (N) familiares de ambos lados, a veces algún clérigo o persona de confianza; en el Valle de Roncal (N) formaban parte del Consejo de Familia o Biltze los representantes de cada casa, entre ellos sus dueños, y en San Martín de Unx (N) los parientes en primero y segundo grado y el cura párroco.
En Elorz (N) el Consejo de Familia lo componían los parientes de más autoridad, su finalidad consistía en suplir las deficiencias de los padres en la designación del heredero y resolver las discordias en la comunidad familiar.
En Urzainki (N) el Consejo de Familia lo formaban los abuelos y los padres, en su caso. A él se recurría cuando se iba a acoger a alguien en casa, para el nombramiento de tutores de huérfanos, cargos que solían recaer en los parientes más próximos, uno del lado paterno y otro del materno.
En Luzaide/Valcarlos (N), a veces los parientes de la parte contraria a la que se ocupaba de la administración de los bienes del huérfano, intervenían para reclamar algunos extremos que pudieran considerarse como abusivos, dentro de las atribuciones de los administradores. Se convocaba el Consejo de Familia con asistencia de los representantes de ambas partes. Llamaban también al párroco, al juez municipal u otras personas que les pudieran ayudar.