Árboles de propiedad privada en terreno comunal
En Abezia (A) se ha recogido que hay bosques de propiedad individual que están en suelo propiedad del pueblo o del ayuntamiento. El propietario del bosque tiene derecho a explotarlo pero, una vez talado, pierde los derechos. Señalan los informantes que se trata de compensaciones obtenidas por ciertos vecinos como contraprestación a los apoyos económicos que en determinados momentos prestaron al municipio o al pueblo.
En Apodaka (A) todas las casas tenían nogales en terreno público, todavía hoy día quedan algunos. El dueño se aprovecha de las nueces pero cuando vende el nogal tiene que dar al pueblo un porcentaje que marca la ley.
En Ribera Alta (A) tanto los nogales situados en roturos o roturas del pueblo como los propios roturos son comunales. Pero cuando un vecino alquila las roturas en pública subasta, el fruto de los nogales es para él durante el tiempo que labre las tierras.
En Obanos (N) si un particular plantaba un frutal en un huerto comunal, en el futuro disfrutaba de sus frutos el vecino al que le tocaba en suerte esa parcela, él no conservaba ningún derecho.
En Viana (N) cosignan un supuesto diferente. Los árboles y demás vegetación ripícola salvaje pertenecen al dueño de la finca que linda con el río, que a veces han sido plantados por él mismo para la protección de la tierra, pero para talarlos se necesita el permiso de la Diputación Foral (hoy Gobierno de Navarra).