Apéndice 1: Regulación de una bodega cooperativa
A mediados del siglo XIX, en Europa, se inició un movimiento asociativo conocido como cooperativismo en el que se juntaban un grupo de personas, llamados socios, con la finalidad de obtener ventajas para ellos en distintos campos de actividad: crédito, consumo, producción. Entre las de producción podían ser a su vez: industriales, dedicadas a la compra de terrenos y construcción de casas, comerciales, ganaderas... y agrícolas, que son las que aquí nos interesan. En el Estado español su origen está vinculado a los movimientos de reforma agraria de carácter católico y muchas de las cooperativas agrarias fueron promovidas por los sacerdotes de los pueblos e impulsadas y apoyadas por las cajas rurales.
Tienen una dimensión social ya que al tiempo que fomentan el ahorro convierten a los trabajadores en patronos. Jurídicamente adoptan la forma de sociedad cooperativa.
Las cooperativas agrícolas proponen que la compra de simientes, máquinas, abonos, etc. se haga en común, se intercambien los conocimientos y algunas realizan la venta en común de los productos obtenidos. Ha habido sectores en los que han tenido gran importancia como el vinícola. Después de la Guerra Civil hubo un resurgimiento del cooperativismo. El año 1960 en Navarra el número de bodegas cooperativas ascendía a 70, que elaboraban el 70 % de la producción de vino de ese territorio[1].
Se ofrece como muestra la regulación de la Bodega Cooperativa Santa María Magdalena de Viana (N), que es de constitución tardía, del 25 de mayo de 1949, con el lema de los antiguos gremios: “Unos por otros y Dios por todos”[2].
La Cooperativa tiene como finalidad la elaboración de los vinos de sus asociados por los métodos más modernos y económicos y su añejamiento, embotellamiento, etc. Venta directa e indirecta del vino al consumidor. Obtención de residuos y su colocación más económica. Construcción de edificios, tinos, maquinaria y medios de transporte necesarios. La unión con otras cooperativas para exportación, venta, organizaciones de previsión, etc. Fomento y mejora del cultivo del viñedo, suministrando a los asociados maquinaria, plantas, fertilizantes. Creación de entidades de previsión, ahorro y crédito agrícola. La defensa de los intereses vitivinícolas y el mejoramiento moral, cultural, social y económico de los cooperativistas.
Pueden ser socios los viticultores (propietarios, arrendatarios o aparceros) cualquiera que sea la extensión del viñedo que cultiven. La calidad de socio es intransferible, pero en caso de defunción se transmite a los herederos o legatarios en quienes recaigan las viñas, sucediéndole en todos los derechos y obligaciones. Ostentarán el título de fundadores los que al constituirse la entidad ingresaron en ella.
Los socios deben cumplir los estatutos y acuerdos de la Junta General, observar buena conducta moral y religiosa, asistir a los actos sociales y aceptar los cargos. Tiene los siguientes derechos: Poder ser elegidos para los cargos, ser informados de la operaciones cooperativas, disfrutar de servicios y prestaciones cooperativas.
En cuanto al régimen económico, los socios fundadores abonarán obligatoriamente por robada de viña la cantidad que la Junta señale, y el 10 % del valor real dado a la uva por ellos aportada en cada ejercicio hasta la cancelación del Capital de Aportación, entonces se entregarán a los socios Títulos de Aportación nominales con el interés legal. Las participaciones de los socios en el Haber de la Cooperativa no son embargables por deudas de los mismos a terceros, ni la uva por aquellos aportada o el vino con ellas elaborado, por deudas de la Cooperativa.
Los fines del Fondo de Obras sociales serán: De orden religioso y moral como práctica de los Ejercicios Espirituales, subvenciones a la Iglesia e instituciones eclesiásticas. De orden cultural, formación técnica de los asociados mediante cursillos, concesión de becas. Asistencia a los socios en casos de enfermedad o muerte, ayuda a hospitales, subvenciones a Colonias escolares.
La Bodega será gobernada por una Junta General que se reunirá una vez al año, a no ser que se acuerde una Junta Extraordinaria, compuestas por todos los socios y tiene, entre otras facultades, modificar los estatutos, implantar nuevos servicios, disolver la Cooperativa y nombrar el administrador-gerente y bodeguero-enólogo. De cada sesión se escribirá un acta en el libro.
La Junta Rectora estará integrada por un jefe, un subjefe, un secretario y cinco vocales, uno de estos el tesorero, más un sacerdote de la localidad, nombrado por el obispo diocesano, con cargo de consiliario. Los cargos durarán cuatro años. Se reunirán siempre que lo pida el jefe. Les corresponde ejecutar los acuerdos de la Junta General, resolver la admisión y expulsión de los socios, nombramiento de empleados subalternos, abrir cuentas corrientes, disponer de los fondos, imponer sanciones. El consiliario asiste a las sesiones con voz pero si voto y vela para que se conserve el espíritu católico y la sana moral, procurando que reine entre los socios la más perfecta armonía.
Entre las normas fundamentales figura que los socios necesitan autorización para plantar o descepar viñas o plantar determinadas especies o en terrenos determinados. Queda prohibido despuntar o desnietar las cepas. Se puede imponer tratamientos y labores beneficiosos para un mejor fruto. La Junta Rectora señalará el comienzo de la vendimia y determinará el ingreso diario de cada socio para el mejor orden. Los socios deben entregar toda la uva producida. El valor de la uva será fijado en orden a su liquidación en kilogramos o por su riqueza cualitativa. Se entregará un ticket-resguardo de cada pesada en una libreta con los kilogramos de uva entregada.
El no cumplimiento de los preceptos dará lugar a amonestaciones, sanciones, incluso a la expulsión. Los que no ingresen toda o parte de la uva cosechada serán sancionados con una cantidad de 10 a 30 pesetas por cada 100 kilos de uva no ingresada. Las cuestiones que surjan entre los asociados serán resultas por amigables componentes, consiliario, alcalde y juez municipal de la localidad.
Vendía el vino tinto, clarete y ojo de gallo a granel a bodegas industriales, sobre todo de La Rioja, y cada quince días repartía el vino a los más de 200 socios. En 1978 contrató a un enólogo y en 1982-83 se acometió una ampliación y fueron colocados tinos de acero inoxidable. A partir de 1987 dejó de elaborar vinos e hizo un pacto con Bodegas Olarra de Logroño para entregarle toda la uva, y en la actualidad la blanca se lleva a Bodegas Ondare, con residencia en Viana, y la negra a Bodegas Olarra, de Logroño. Suponen estas entregas unos 3 millones de kilos anuales: un 10 % de uva blanca, y un 90 % de tinta. En cuanto a variedades de negra, un 70 % es tempranillo, un 20 % mazuela y un 10 % garnacha. Hoy día son 210 socios.
En los años difíciles que siguieron al impacto devastador de la filoxera, las bodegas cooperativas, surgidas por la necesidad de unirse los labradores para hacer frente a sus necesidades y velar por la seguridad de sus familias, y animadas por el espíritu social-cristiano de las gentes del campo, llegaron a ofrecer a sus socios servicios añadidos a la mera producción de vino y su comercialización. En la Bodega Cooperativa “San Martín”, de San Martín de Unx, creada en esta localidad navarra en 1914, se llegaron a organizar escuelas de adultos, granero cooperativo, alcoholera, conceder préstamos a sus socios, suministro de productos para el tratamiento de las viñas, maquinaria agrícola y, entre sus obras sociales, cursillos de capacitación, colonias escolares para los niños y hasta asistencia a ejercicios espirituales, como en el caso de la de Viana.
Una figura muy extendida en Navarra, en lo que al trabajo agrícola se refiere, era la del mediero (aparcero), consistente en que este ponía solo su trabajo en la viña y el resto (sulfato, aperos...) lo aportaba, junto con la viña, el propietario, que a su vez podía ser socio de la bodega cooperativa. La uva se entregaba en la bodega a nombre del amo y allí mismo se hacía la división del producto en dos partes, una para cada cual. En otros casos el mediero podía aportar ya no solo su trabajo sino parte del abono o de la sembradura.