Comunales de Urkabustaiz

De Atlas Etnográfico de Vasconia
Revisión del 09:18 20 dic 2018 de Admin (discusión | contribuciones) (Texto reemplazado: «{{#bookTitle:Ganadería y pastoreo en Vasconia|Ganaderia_y_pastoreo_en_vasconia}}» por «{{#bookTitle:Ganadería y Pastoreo en Vasconia|Ganaderia_y_pastoreo_en_vasconia}}»)
(dif) ← Revisión anterior | Revisión actual (dif) | Revisión siguiente → (dif)
Saltar a: navegación, buscar

En Urkabustaiz los terrenos comunales tienen una extensión entre 600 y 800 ha. Dentro de ellos funcionan la Comunidad de Aranguren y Zikirioza con el pueblo de Andagoia y la Comunidad de Beleo y Barrueta con la ledanía de Anda; por su parte, Oiardo tiene un acuerdo de terrenos de pasto comuneros con Unza.

Los pastores encuestados han aportado hechos similares a los ayaleses respecto a los asentamientos pastoriles o pastizas y añaden que, al margen de éstas, la Sierra es libre para todos los vecinos con derecho a ella, lo que significa que el ganado puede moverse con absoluta libertad y pastar en cualquier lugar.

En los años cincuenta, el máximo de ovejas que cada vecino podía echar al monte estuvo fijado en el medio centenar. Hoy día no existe límite alguno si bien varios informantes señalan que habrá que volver a establecerlo debido a que hay «demasiado ganado».

Roturas para labranza. Una parte del comunal de Urkabustaiz se destinaba a la labranza y se parcelaba entre los vecinos para su roturación; cada año las parcelas se iban cambiando por el procedimiento de turno rotatorio, llamado de renque o de reo. Los vecinos debían ponerse de acuerdo sobre el cultivo que se había de sembrar. Una vez recogida la cosecha, podía entrar el ganado a pastar en esas tierras. También hay roturas comunales dedicadas a pastos; a ellas se enviaba el ganado en fechas señaladas como San Bartolomé (24 de agosto) o en las fiestas de Izarra (8 de septiembre). Estaban cercadas y el ganadero no tenía que permanecer pendiente del ganado. En los terrenos comunales más próximos al pueblo únicamente podían pastar los bueyes; debían pagar un canon si lo hacían los novillos. La razón de esta discriminación en favor de los bueyes estribaba en que, de este modo, éstos permanecían cerca de la casa para cuando había que ir a buscarlos para el trabajo.