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Solidaridad entre parientes

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En San Martín de Unx (N) la precariedad de la familia se trataba de solventar entre los parientes, ofreciéndose desinteresadamente a trabajar. Las prestaciones siempre eran de carácter mutuo por lo que todos los parientes estaban obligados en conciencia a hacerlas.
[[File:2.511 Vendimia en familia. Allo (N) c. 1970.jpg|framecenter|600px|Vendimia en familia. Allo (N), c. 1970. Fuente: José Ramón Macua, Grupos Etniker Euskalerria.]]
En Valtierra (N) señalan que la solidaridad entre parientes es grande. Consideran normal ayudarse en las faenas agrícolas como la cosecha y la vendimia, en el ''embotado ''de productos y frutas, en la matanza, en el encalado de la casa. Quienes disponen de verdura o fruta propia se la dan a los familiares, incluso limpia y preparada si se trata de gente mayor; si elaboran pastas o dulces les dan una parte a los parientes, y así proceden con otros productos. En Urzainki (N), entre parientes era normal la ayuda mutua y el trabajo en común en todas las labores. Los campos y los huertos se trabajaban, y los ganados se cuidaban “a torna peón” que era una fórmula consistente en “un día para mí y otro para ti”.
== Desgracia, enfermedad grave o muerte ==
En Abezia, Agurain, Apodaca, Berganzo, Moreda (A); Bermeo, Gorozika, Trapagaran (B); Berastegi, Hondarribia, Legazpi, Oñati, Zerain (G); Aria (N) y Uharte-Hiri (BN) indican genéricamente que la solidaridad familiar se hace más patente en los casos de necesidad, desgracia o perjuicio grave en los bienes. Singularmente se manifiesta en los casos de enfermedad en los que hay que ocuparse de cuidar o velar a un enfermo, [[Ayudas_prestadas_por_los_vecinos|colaboración ]] que se incrementa si hay resultado de muerte. Esta asistencia tiene carácter recíproco. En estas situaciones se ayudaba además en las labores agrícolas y en otras tareas domésticas<ref>La información de este apartado se completa con las ayudas vecinal y familiar prestadas en los casos de enfermedad y muerte descritas en otro volumen de esta obra: ETNIKER EUSKALERRIA. ''Ritos funerarios''. Bilbao: 1995, pp. 150-156.</ref>.
En primer lugar se describen los casos que afectan a las personas y a continuación los referidos a bienes y haciendas.
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