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Progresivamente se operó una transición en las costumbres que acabó desplazando los enterramientos del exterior al interior de las iglesias: «Con el tiempo reclamaron para sí el mismo derecho los emperadores, y pronto se otorgó el mismo favor a los obispos y sacerdotes y aun a los simples fieles. Los documentos de varios concilios confirman que hasta el siglo XII la sepultura en los templos estaba reservada solamente a los obispos, abades, ''dignis presbyteris, laicis fidelibus omnino pietate commendabilibus''. Desde el pontificado de Gregorio IX (1227-1241) se dio más libertad para enterrar, sin distinción, a los legos en las iglesias»<ref>Eugeniusz FRANKOWSKI. ''Estelas discoideas de la Península Ibérica''. Madrid, 1989, p. 223.</ref>.
[[File:7.234 Santa-Grazi (Z).jpg|framecenter|600px|Santa-Grazi (Z). Fuente: Boissel, W. Le Pays Basque. Sites, Arts et Coutumes. Paris, A. Calavas edit.]]
Una vez se generalizó la costumbre de efectuar inhumaciones en el interior, en muchas localidades no desapareció por completo el uso del cementerio aledaño ya que se siguió enterrando en él a las personas más humildes incapaces de pagar el privilegio de ser sepultadas dentro de la iglesia. En el apartado siguiente se constatan varios casos<ref>En el Diccionario de Autoridades, al definir la voz ''cementerio'', queda patente la costumbre de seguir sepultando en el entorno de la iglesia aún cuando ya estaban generalizadas las inhumaciones en el interior: “Lugar sagrado, que hai en todas las Parrochias, y otros Templos, fuera de las puertas de la Iglesia, en que se enterraban antiguamente todos los Fieles; pero oy solo se entierran en él los pobres de limosna, y los que por su devoción, y humildad eligen esta sepultúra”. Vide ''Diccionario de Autaridades''. Madrid, 1984 (facsímil de la edición de 1726).</ref>.