Cambios

Comunales de las Amescoas

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La interpretación y salvaguarda de las Ordenanzas por la que se rige el uso de los comunales municipales corresponde al ayuntamiento del valle, en tanto que en el monte Limitaciones, al que tienen derecho los pueblos de las dos Améscoas (Alta y Baja), el cumplimiento de la normativa debe ser controlada por la Junta administradora del monte, formada por los ayuntamientos de ambos valles.
 
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