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El derecho a ser padrino

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En Bermeo (B), aún en la época en que los padrinos de la boda no eran los padres, los del bautismo solían ser los abuelos, elegidos uno de cada parte. Mientras que en Abadiano (B), Aoiz y Tafalla (N), se daba prioridad en el primer hijo a los padres de la mujer, en Falces y Monreal (N) eran los padres del marido los que parecían tener ese privilegio a principios de siglo. En caso de faltar aquéllos, eran designados los hermanos de los padres. En Pamplona (N), por las mismas fechas, era padrino del primer hijo el abuelo paterno y del segundo la abuela materna<ref>EAM, 1901 (ed. 1990) I, 2, p. 710.</ref>. También la abuela paterna y el abuelo materno solían ser padrinos del primer hijo en Arberatze-Zilhekoa (BN) y en Artajona (N) cuando se generalizó la costumbre de designar padrino y madrina.
[[File:FIGURA6.png45 Bautismo colectivo. Azkoitia (G) 1990.jpg|center|RTENOTITLE_FIGURA600px|Bautismo colectivo. Azkoitia (G), 1990. Fuente: Archivo Fotográfico Labayru Fundazioa: Foto Sol.]]
Entre los criterios empleados para elegir padrinos primaba el de la edad (Moreda-A; Ezkio-G; y Aoiz-N); en primer lugar eran elegidas las personas más ancianas de cada familia. Este puesto se reservaba al abuelo paterno en el caso de los "bienvenidos", nombre con el que se designa en Navarra al primer niño de cada casa. Luego se mantenía un orden eligiendo a los otros abuelos y a continuación tenían derecho los tíos abuelos hasta llegar a los primos.
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