Cambios

Saltar a: navegación, buscar

Contenido de las capitulaciones

299 bytes eliminados, 06:04 12 abr 2019
sin resumen de edición
__TOC__ Contenido de las capitulaciones  ''== En cuanto a las personas ''==
En Gernika (B) las obligaciones que los padres donantes imponían a los primogénitos con ocasión del matrimonio eran el vestirles, calzarles y alimentarles en su casa, mesa y compañía, tanto cuando estuvieran sanos como enfermos. Por las mañanas darles una copa de aguardiente y los domingos y festivos una peseta para sus pequeños gastos de tabaco, vino, etc. Después de su muerte les tenían que sufragar el entierro, funeral, misas y aniversarios con arreglo a su clase y costumbre parroquial.
En Sumbilla (N) si en la casa donde iban a cobijarse los recién casados había ancianos, padres o abuelos, u otros hijos de la misma familia se establecían condiciones obligando al nuevo matrimonio a que sostuviera decoro- samente decorosamente a los demás.
En Zestoa (G) generalmente en el contrato fijaban la condición de que si la pareja joven convivía con la mayor y no se avenían ambos matrimonios, podía deshacerse esa comunidad, quedando el matrimonio mayor en libertad de casar a casa a alguno de los otros hijos que viviera en su compañía, imponiéndoles la misma condición.
El primer grupo lo formaban las sencillas que eran mayoritarias. Correspondían a las de los hijos que constituían casa aparte de sus padres para vivir separados.
El segundo comprendía otras capitulaciones más complejas. Se establecían cuando el matrimonio joven se casaba para vivir en compañía de los padres del marido o de la mujer, según los casos. Ambos matrimonios formaban una sociedad familiar para los negocios a que se dedicaban, conviniendo ciertas condiciones: la pareja joven viviría en compañía de los padres; ambos matrimonios trabajarían en comunidad bajo la autoridad y dirección del mayor, que se comprometía a mantener al joven y a su prole. En esta sociedad familiar, según se recogió, salían siempre aventajados los jóvenes, porque se establecía la condición de que si por muerte o desavenencia con los mayores había que devolverles su parte, los hijos sacarían de la casa alguna cantidad además de la dote y el capital.
joven y a su prole. En esta sociedad familiar, según se recogió, salían siempre aventajados los jóvenes, porque se establecía la condición de que si por muerte o desavenencia con los mayores había que devolverles su parte, los hijos sacarían de la casa alguna cantidad además de la dote y el capital.  Había un tercer grupo de capitulaciones  -aunque no se otorgaban con tanta frecuencia como en la Montaña y en la Navarra Mediaque se hacían cuando se casaban, como decían, para casa de los padres o de los parientes carnales sin descendencia, en las que les hacían donación universal de bienes. En estos casos los donantes cedían la nuda propiedad y a veces el usufructo de sus bienes. Se establecían infinidad de condiciones, entre otras que los donantes habían de mantener, vestir, calzar, sanos o enfermos, a los donatarios y a su prole y éstos habían de prestar obediencia a los donantes y trabajar en las faenas a que se dedicaran.
En Pamplona (N) una de las primeras condiciones era determinar si el casamiento se hacía en casa del novio o de la novia.
''== En cuanto a los bienes ''==
En el condado de Ayala (A) y en las tierras colindandes con Gipuzkoa y Bizkaia se hacían capitulaciones donando todos los bienes a los hijos que se casaban para casa, siendo obligación de éstos abonarles una peseta o seis reales diarios o darles alimento, vestido y calzado, y tabaco para la pipa. Entonces los hijos se encargaban del régimen, administración y usufructo de todos los bienes.
En Gernika '''(B) '''los padres donaban la casería al hijo o hija mayor, reservándose ellos de por vida el usufructo de la mitad. Los contrayentes establecían como arras la décima parte de sus bienes y se conferían mutuo y recíproco poder testatorio autorizándose también por el mismo poder para disponer en vida entre sus hijos y ascendientes legítimos.
En Aoiz (N) si quien se casaba era el hijo mayor se estipulaba que fuera el heredero, estableciéndose otras condiciones para los demás hermanos.
En Sumbilla (N) siendo jóvenes solteros se les designaba la dote que habían de percibir.
En Tudela (N) cada parte contratante ofrecía lo que tenía por conveniente según su posición social y económica. La donación tenía lugar después de celebrado el matrimonio o en los plazos convenidos. CAPITULACIONES MATRIMONIALES En localidad no precisada de la encuesta realizada por el Ateneo se señala que se establecían las legítimas a que tuvieran derecho por fallecimiento de algunos de sus padres y las cantidades o bienes que se donaban a los  futuros esposos a cuenta de las hijuelas que en su día les correspondieran -ordinariamente del quinto de los bienes-. Si el nuevo matrimonio iba a vivir con alguno de los padres se comprometía a trabajar en la casa y tierras a ella anejas, percibiendo a cambio del servicio que prestaba de tres a cuatro fanegas de trigo, otras tantas de cebada y de doce a veinte pesetas para el bolsillo.  parte de la dote en especie, cabezas de ganadom.   {| style="border-spacing:0;margin:auto;width:9.216cm;"|- style="border:none;padding-top:0cm;padding-bottom:0cm;padding-left:0.034cm;padding-right:0.203cm;"|| ALAVA  
En localidad no precisada de la encuesta realizada por el Ateneo se señala que se establecían las legítimas a que tuvieran derecho por fallecimiento de algunos de sus padres y las cantidades o bienes que se donaban a los futuros esposos a cuenta de las hijuelas que en su día les correspondieran -ordinariamente del quinto de los bienes-. Si el nuevo matrimonio iba a vivir con alguno de los padres se comprometía a trabajar en la casa y tierras a ella anejas, percibiendo a cambio del servicio que prestaba de tres a cuatro fanegas de trigo, otras tantas de cebada y de doce a veinte pesetas para el bolsillo.
<div align="right">[[Capitulaciones_matrimoniales_a_principios_de_siglo|'''↵''' Volver al apartado principal]]</div>
{{#bookTitle:Ritos del Nacimiento al Matrimonio en Vasconia | Ritos_del_nacimiento_al_matrimonio_en_vasconia}}
&nbsp;
127 728
ediciones