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Parzoneria General de Entzia

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La Junta de la Parzonería ha fijado en los últimos años un periodo (del 25 de diciembre al 1 de abril) en el cual queda prohibido el pastoreo en la sierra. Las disposiciones de este tipo deben ser aprobadas posteriormente por la Diputación Foral de Álava.
Hoy día en esta parzonería sólo están autorizados a pastar los ganados equino, vacuno y ovino, no permitiéndose la estancia de porcino ni caprino. Estas limitaciones tienen ya una cierta antigüedad. La primera que se conoce data de 1855, cuando se estableció que, bajo pena de multa, los rebaños de ovejas no podían ser superiores a 60 cabezas por vecino; se de- terminó determinó asimismo que el ganado ovino que fuese a los pastos parzoneros tenía que haber sido alimentado en el invierno anterior por el vecino que lo llevara, con lo que se pretendía evitar que hubiera quienes sacasen a pastar a su nombre ganados que no les pertenecían.
La limitación en el número de cabezas de ovino se mantuvo en las ordenanzas de 1894 (60 ovejas por vecino) y 1907 (30 cabezas de ovino y 20 de ganado mayor, estando exentas de pago las diez primeras de estas últimas). En 1925 se estableció que el número total de ovejas en la sierra fuera de 3.000, todas ellas de vecinos parzoneros.
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