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En el Señorío de Vizcaya, en el año 1778, se dictó una disposición prohibiendo también las comidas de entierro<ref>Carta del Rey Carlos IV, de fecha 8 de Abril de 1778 prohibiendo comidas en el Señorío de Vizcaya con motivo de los mortuorios.</ref>.
A finales del pasado siglo (1885), el Sínodo Diocesano de Alava Álava dictó un Decreto prescribiendo algunas reglas respecto de la costumbre de la celebración de comidas en la casa mortuoria. Señalaba que si bien dichos ágapes fomentan las relaciones de amistad y está bien el que se obsequie con una comida moderada a los asistentes, se hacía el ruego de que guardaran proporción con las condiciones familiares y se observara la moderación debida en las mismas<ref>''Decretos y Constituciones del Sínodo Diocesano de Vitoria''. Vitoria, 1885, p. 137.</ref>.
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