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== Artículo 1.° Origen y fin de la Cofradía ==
La Cofradía de Reverendos Sacerdotes del Valle de Aramayona, llamada de la Natividad de Nuestra Señora fue fundada el día 24 de Octubre de 1570.
El fin de la misma es el honor y alabanza de Jesucristo y auxiliarse mutuamente en vida y después de la muerte mediante las gracias y sufragios espirituales que en su lugar se mencionan, habiendo tomado por Abogada a la gloriosa Virgen Santa María Madre suya en el misterio de su ''Natividad''.
Jesucristo y auxiliarse mutuamente en vida y después de la muerte mediante las gracias y sufragios espirituales que en su lugar se mencionan, habiendo tomado por Abogada a la gloriosa Virgen Santa María Madre suya en el misterio de su ''Natividad. '' == Artículo 2.° Quiénes constituyen esta Cofradía ==
Constituyen esta Confraternidad todos los sacerdotes y ''ordenados in sacris ''del Valle de Aramayona y de fuera de él agregados a la misma. Dentre los primeros uno será conocido con el nombre de ''mayordomo, ''otro con el de ''vice-mayordomo ''y por fin otro con el de ''agonizante. ''
== Artículo 3.° Del Mayordomo. - Sus deberes y derechos ==
Desempeñará este cargo uno de los cofrades residentes dentro de la circunscripción del valle de Aramayona, el cual será designado por turno, al celebrarse la junta de socios, por el orden siguiente de iglesias de San Martín de Ibarra, Uribarri, Arejola, Echagüen, Ganzaga, Barajuen, Uncella y Azcoaga.
Será obligación del mayordomo:
1.° Disponer con la debida anticipación quienes han de celebrar las misas, ya de la función anual de la cofradía, ya las dos del día de los funerales del cofrade fallecido, dando el aviso oportuno a los que designare y a no haber ma-  RITOS FUNERARIOS EN VASCONIA nifiesta manifiesta imposibilidad, debe ser atendida la designación hecha.
2.° Notificar a los cofrades el día, hora e iglesia donde han de celebrarse los funerales de un socio que fallezca.
4.° Preparar la comida para los cofrades en el día de la función anual de la cofradía y en el del entierro de un cofrade fallecido, exigiendo de aquéllos la cuota que correspondiere por éste y algún otro concepto que ocurriere.
5.° llevar Llevar el libro de actas de la cofradía escribiendo con claridad y limpieza posibles los acuerdos que se tomen en las juntas, de las cuales dará lectura anualmente en la sacristía a continuación de la función; como también dará razón de los fondos que hubiere o del escote o porrateo que fuese necesario hacer, etc; así que los cofrades presentes, para este acto, deben estar reunidos en el mismo lugar, pues a continuación debe ser sorteado el Agonizante; y además llevará otro libro que sirva para catálogo de los socios, en el cual escribirá los nombres y apellidos de los mismos, el día, mes y ano año que ingresaron en la cofradía, su edad, naturaleza, residencia y el día, mes y ano año del fallecimiento, dejando en blanco una casilla para observaciones.
La duración de este cargo será de un ano año a contar desde el día de la función anual de la cofradía, esto es, desde el primer martes después de la fiesta de la Natividad de Nuestra Señora hasta igual día del año siguiente, en el cual, siguiendo costumbre establecida, será designado según el orden expresado en el párrafo primero de este artículo.
== Artículo 4.° Del Vice-Mayordomo ==
Habrá en la cofradía un Vice-Mayordomo, llamado antes ''Colector. ''Con este nombre se designa al que sucede, según el turno mencionado, al mayordomo, cuando éste termine su año.
Sus deberes son: 1.° Llevar la cruz en la procesión y 2.° hacer las veces del mayordomo, cuando éste, legítimamente impedido no pueda asistir a las funciones.
== Artículo 5.° Del agonizante. - Sus deberes ==
Siendo la caridad como el alma de las cofradías, se renueva la práctica establecida en el año 1707, según la cual habrá en la cofradía un Agonizante y un Vice-Agonizante, para que en los casos en que el primero no pueda prestar sus caritativos servicios sea suplido por el segundo.
El sustento del agonizante mientras estuviese auxiliando al enfermo hasta su muerte o hasta que salga del peligro de ella, correrá a cargo de éste (enfermo).
== Artículo 6.° De los cofrades. - Su admisión ==
Antes, como los Señores Curas lo eran con cargo de ''beneficiados, ''vivían persuadidos que en el mero hecho de entrar en posesión del cargo de beneficiado ya eran cofrades.
Pueden ingresar en esta cofradía, no solo los del valle y los sacerdotes ordenados in sacris hijos del valle con residencia en otros lugares, sino también los del valle de Leniz, y de las parroquias de Mondragón, Garagarza, Guesalibar (Santa Agueda), Udala y Villarreal de Alava.
== Artículo 7.° Deberes de los cofrades ==
1.° Todos los socios de ingreso en la cofradía pagarán ''tres pesetas ''como cuota de entrada.
6.° Los socios que por causa legítima no pueden asistir a la función anual y a los funerales de un cofrade, y por tanto a la comida de aquellos dos días pagarán por la primera ''dos pesetas ''cada uno, y por la segunda una ''peseta y cincuenta céntimos. ''
7.° Todos los cofrades residentes en el valle de Aramayona asistirán al oficio de entierro sin honras de los pobres que fallezcan en el mismo, dando el Señor Cura de la parroquia donde aquél falleciere testimonio de pobreza del difunto y asimismo hará saber a los otros sacerdotes cofrades el día, hora e iglesia en que se hará, siendo de cuenta de la fábrica de la iglesia la cera que se consuma, en conformidad con lo que determina la Advertencia 4. <sup>a </sup>ª al Arancel diocesano del decreto de M.S.S Vicario Capitular de 4 de Marzo de 1881; y el refresco que se tomare será por cuenta de cada uno.
Los que pertenecemos a esta confraternidad debemos ser fieles observantes de todo lo que está establecido, asistiendo con puntualidad a todas las funciones.
De los que, sin alegar causa justa, faltaren con frecuencia a lo prescripto en este Reglamento, la Junta tomará la determinación que el caso requiera.
== Artículo 8.° Derechos y gracias de que gozan los cofrades ==
1.° Los socios de esta cofradía tienen participación del fruto de todas las misas que se celebren en el día de la función anual por los cofrades de la misma y del rosario que los cofrades no sacerdotes recen en el mismo día.
5.° Su Santidad el Papa Pío X que felizmente gobierna la Iglesia por medio de la Sagrada Congregación del Santo Oficio, Sección de Indulgencias, el día 10 de Agosto de 1910, concedió por tiempo de siete años las Indulgencias plenarias siguientes a todos los sacerdotes de esta Cofradía que confesados, celebraren el santo sacrificio de la Misa o recibieren la sagrada Comunión, rogando según la intención del Sumo Pontífice:
1.° En el día del ingreso en la Cofradía visi- 627  RITOS FUNERARIOS EN VASCONIA [[Image:Picture 5184.png|top]] Fig. 232. Escapulario de la Tercera Orden Franciscana.  tando visitando la iglesia donde la misma celebre la función anual o la parroquial del lugar donde se hallaren.
2.° En el día de la fiesta de la Natividad de la Bienaventurada Virgen María visitando la iglesia parroquial del lugar donde residan.
4.° En el artículo de la muerte, si confesados y comulgados, y no pudiendo hacerlo, a lo menos contritos, pronunciaren con la boca y a no poderlo, con el corazón el Santísimo Nombre de Jesús.
== Artículo 9.° Cultos que celebra la Cofradía ==
''Primero. ''En el primer martes después de la fiesta de la Natividad de la Bienaventurada Virgen María la cofradía celebrará la función anual en la forma siguiente: 1.° Canto del Invitatorio del oficio de difuntos con su primer Nocturno. Terminado éste, la Misa con la oración propia de sacerdotes. 2.° Una vez celebrada la misa y distribuidas las velas encendidas, se canta el Responsorio Libera me, sin procesión en el lugar donde se canta el Nocturno teniendo las velas en la mano y se concluye con la oración ''Deus qui inter apostolicos sacerdotes. ''Cumplido este deber para con los difuntos, se va a la sacristía y revestidos con los ornamentos correspondientes, distribuidas las velas encendidas, se organiza la procesión llevando en ella la imagen de Nuestra Señora y se sale fuera de la iglesia cantando el himno ''Ave Maris stella. ''
Si los interesados del cofrade difunto deseasen solemnizar esta función con cantores legos, con acompañamiento de armonium, mayor número de velas, etc., los mismos parientes se pondrán en inteligencia con los cantores y se comprometerán a abonar a la fábrica de la iglesia lo que sea justo y hecho firme el compromiso, se debe acceder a ello.
== Artículo 10.° Cuota de la Cofradía a la fábrica de la iglesia ==
Como durante la función anual y los funerales deben arder en el altar seis velas de cera, la cofradía abonará a la fábrica de la iglesia donde se celebren cinco pesetas por cada una de las dos funciones.
== Artículo 11.° De la comida de los cofrades en el día de la función anual y en el entierro de un cofrade ==
Para que haya uniformidad, la comida del primero de los dos días mencionados se compondrá de sopa, dos cocidos, uno de ellos de garbanzo, carne, gallina y chorizo, dos principios, uno de pollos y otro a gusto del mayordomo, dos postres, uno de cocina y otro de frutas y café. No se hace mención del vino y licor, porque para los que lo deseen, no suele faltar en una mesa.
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