Cambios

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Texto reemplazado: « ano » por « año »
4.° Preparar la comida para los cofrades en el día de la función anual de la cofradía y en el del entierro de un cofrade fallecido, exigiendo de aquéllos la cuota que correspondiere por éste y algún otro concepto que ocurriere.
5.° Llevar el libro de actas de la cofradía escribiendo con claridad y limpieza posibles los acuerdos que se tomen en las juntas, de las cuales dará lectura anualmente en la sacristía a continuación de la función; como también dará razón de los fondos que hubiere o del escote o porrateo que fuese necesario hacer, etc; así que los cofrades presentes, para este acto, deben estar reunidos en el mismo lugar, pues a continuación debe ser sorteado el Agonizante; y además llevará otro libro que sirva para catálogo de los socios, en el cual escribirá los nombres y apellidos de los mismos, el día, mes y ano año que ingresaron en la cofradía, su edad, naturaleza, residencia y el día, mes y ano año del fallecimiento, dejando en blanco una casilla para observaciones.
La duración de este cargo será de un ano año a contar desde el día de la función anual de la cofradía, esto es, desde el primer martes después de la fiesta de la Natividad de Nuestra Señora hasta igual día del año siguiente, en el cual, siguiendo costumbre establecida, será designado según el orden expresado en el párrafo primero de este artículo.
== Artículo 4.° Del Vice-Mayordomo ==
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