Cambios

Saltar a: navegación, buscar

Recompensa por los animales capturados

1 byte añadido, 09:00 23 nov 2018
m
Texto reemplazado: «Mª» por «M.ª»
Según las Ordenanzas Municipales de Allo (N) de 1917, en lo referente a la policía rural, se autorizaba a los vecinos a capturar alimañas e incluso se gratificaba su captura hasta tiempos bien recientes. Su artículo 93 señala que «se permitirá en todo tiempo, incluso los días de nieve y de fortuna la caza de los animales dañinos y aves de rapiña, tanto en los montes ó terrenos de propios ó comunes como en las fincas particulares no sembradas ni cercadas». Dicen también que «Siendo conveniente el exterminio de los animales dañinos, se premiará por los fondos municipales á los que los presenten vivos ó muertos con arreglo á las leyes de esta provincia» (Art. nº 95). Y por último, en el artículo 96 se explica que «Para el abono de los premios de que se habla en el Artículo anterior, bastará presentar al Sr. Alcalde los animales de que se trata ó sus pieles frescas ó recientemente desolladas y completas y alguna prueba, muestra ó señal que justifique de algún modo haber sido cogidos ó muertos dentro del término jurisdiccional. Con vista de estos antecedentes se ordenará su pago por la Depositaría municipal».
En Artajona (N) a principios del siglo XX se abonaban a los cazadores 5 pesetas por cada zorro mayor y 1 peseta por cada cría, según la cantidad señalada por las Cortes de Navarra de 1817 y 1818. Por cada cría grande de zorro se pagaban 10 reales<ref>José M.ª JIMENO JURÍO. «Datos para la etnografía de Artajona» in CEEN, II (1970) p. 14. (Cita: Archivo Municipal de Artajona: ''Libro de Actas de 1902-1905'', pp. 173 y 175).</ref>.
En Pipaón (A) hasta hace pocos años el ayuntamiento pagaba una cierta cantidad por cada raposo cazado, para ello había que presentar la cola.
127 728
ediciones