Cohabitación de los matrimonios mayor y joven

De Atlas Etnográfico de Vasconia
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En Zeanuri (B) el heredero o heredera de la casa, etxegaie-etxanderea, se establecía en la casa cuando contraía matrimonio. Desde ese momento convivían en la casa dos matrimonios, zaarrak eta gazteak, los viejos y los jóvenes. Ambos matrimonios hacían vida en común, y los derechos y obligaciones se regulaban en las capitulaciones matrimoniales. A partir de los años sesenta se produjo un cambio, según el cual las casas se reformaban de modo que permitiera la independencia de vida del matrimonio joven dentro de la casa. Una vez que hubieran muerto los padres y constituido el hijo o la hija en etxagun barrie, nuevo dueño de la casa, los hermanos solteros continuaban viviendo en la casa natal hasta que tomaran estado, por matrimonio o ingreso en religión. Con anterioridad a la crisis de la explotación del caserío, éstos participaban en las labores agrícolas, ganaderas y forestales de la casa, combinándolas con los oficios artesanales que desempeñaban de ordinario en el mismo pueblo. Hoy día trabajan en talleres, fábricas o empleos fuera de casa e incluso de la localidad, y aunque vivan en otro lugar consideran esa casa como la suya a todos los efectos hasta que adquieran estado. Quienes trabajan fuera de la explotación familiar aportan a la casa una cantidad de dinero en concepto de comida, limpieza o arreglo de ropa. En estos asuntos son atendidos por la dueña de la casa, etxekoandrea. Ellos a su vez ayudan, cuando las circunstancias lo requieren, en arreglos de la casa o en trabajos del campo.

Los datos recogidos en Amorebieta-Etxano, Andraka, zona rural de Bermeo, Busturia y Gorozika (B) son similares a los de Zeanuri (B). En la zona rural de Bermeo señalan que el heredero estaba obligado a tener y mantener a los padres en el caserío y debía también pagarles cierta cantidad de dinero. En Busturia precisan que el heredero tenía el deber de cuidar a los padres y costeaba los gastos de sus exequias fúnebres.

En Valle de Roncal (N) el nuevo matrimonio cohabitaba con los padres hasta su muerte y les aseguraba techo, comida y cuidados. De hecho el matrimonio joven se convertía en el dueño de la casa.

En Aria, Elorz, Izurdiaga, Mezkiritz y Urzainki (N) los datos recogidos son similares a los de Roncal. En Luzaide/Valcarlos (N) los padres gozaban del usufructo de los bienes de por vida. El matrimonio joven convivía con el mayor formando una sociedad familiar. Cuando surgían incompatibilidades venía la separación de mesa. En San Martín de Unx (N) cuando se casaba el heredero formaba unidad familiar con los padres. Éstos, antiguamente, seguían siendo los propietarios de la casa y el heredero el usufructuario.

También en Obanos (N) el heredero casado se instalaba en la casa paterna. Había distintas fórmulas: a veces se distribuía interiormente la casa, pasaba el matrimonio joven al piso de arriba y en el de abajo continuaban los padres y los hijos solteros. Otras veces, el heredero se establecía en una casa contigua y a la muerte de los padres volvía a la casa principal. En Goizueta (N) el heredero matrimoniaba a la casa familiar si sólo tenían una; si contaban con más de una, podía hacerlo o no. Si la casa familiar era grande se podía dividir en dos o tres, cosa que ha ocurrido con frecuencia.

Senar-emazte zaharrak eta gazteak, matrimonios mayor y joven. Areatza (B), principios del siglo XX. Fuente: Archivo particular Rubén de Las Hayas.

En Ezkurra (N) la casa con sus dominios quedaba indivisa. El heredero generalmente era el hijo mayor, pero no necesariamente. Convivían los dos matrimonios, pero si la convivencia resultaba imposible, padres y heredero se repartían la casa y las tierras.

En Donoztiri (BN) se formaba una asociación matrimonial entre los dos matrimonios, el de los padres y el heredero casado que habitaba la misma casa, formando una familia y una entidad económica. En caso de desavenencia entre ambos matrimonios, el matrimonio joven salía fuera de casa, cobrando la cantidad prevista en las capitulaciones matrimoniales.

En Uharte-Hiri (BN) cuando el heredero se casaba continuaba viviendo con los padres en cuyo caso la familia se convertía en una sociedad matrimonial. La casa y las tierras no se transmitían al heredero mientras vivieran los padres.

En Baigorri (BN) el heredero casado se establecía en casa de los padres. Por contrato se le reconocía la cuarta parte de la hacienda, laurdena. El matrimonio joven iba a medias con los padres en los resultados de la casa, harremanak erdizka. También en Bidarrai (BN) el heredero se establecía en casa de los padres.