Propietarios que explotan mediante inquilinos
En su monografía sobre Bera (N), Caro Baroja señala que en tiempos pasados el inquilino o arrendatario era una especie de servidor que debía ayudar al amo en las faenas del campo, mandarle lo primero y mejor que cogiera, tener la familia a su disposición, etc. y a cambio el amo le protegía, le perdonaba alguna deuda, le prestaba dinero, etc. Las formas de arrendamiento eran dos: la propiamente dicha y la establecida por un contrato especial, variedad de la aparcería.
En Abadiño (B) en tiempos pasados la mayoría de los baserritarras vivía en régimen de alquiler, errentan. Se alquilaba el conjunto de la propiedad: la casa, los edificios adjuntos y los terrenos. Los inquilinos, errenteruak, aprovechan el helecho, la hoja del pino y los matojos de árgoma, así como la leña de la poda de los árboles, el rendimiento de la madera corresponde al dueño. El arrendatario puede plantar los árboles que quiera, pero para talarlos requiere la autorización del propietario.
Algunas familias llevaban más de una centuria de inquilinato en los mismos caseríos, y optaron por adquirirlos valiéndose de la ley que les ha facilitado el acceso a la propiedad. Esta normativa también ha posibilitado actualizar los alquileres que durante muchos años no se habían modificado y, en determinados supuestos, ha permitido la expulsión de los inquilinos. Hoy día cada familia trata de ser dueña de la casa en la que vive, y son menos los que viven en casas de alquiler.
En Bedarona (B) la gran mayoría de los caseríos estaban ocupados por arrendatarios, errentadoreak, hasta los años cincuenta y sesenta del siglo XX en que los fueron adquiriendo de sus dueños que eran vecinos de la cercana localidad de Lekeitio.
En Lanestosa (B) hoy día son muchos los propietarios que explotan directamente sus tierras, pero hasta los años 1970 la gran mayoría de las explotaciones agrícolas estaban arrendadas.
En Beasain (G) hasta los años cuarenta del siglo XX, eran contadas las familias de labradores que eran propietarias del caserío y de sus heredades y montes. Pero poco a poco los propietarios, que en su mayor parte residían fuera incluso del País Vasco, fueron vendiendo sus propiedades a los inquilinos, terminándose el proceso en las décadas de los ochenta y noventa.
En Elgoibar (G) se ha recogido que en tiempos pasados la mayoría de los caseríos con sus terrenos se arrendaban por períodos de entre seis y nueve años con renovaciones continuas. No era extraño que muchas familias cambiaran de casa. A mediados de los años setenta de las alrededor de doscientas treinta familias campesinas que había en la localidad, cerca de doscientas eran propietarias de los caseríos y los terrenos, en tanto que las restantes eran arrendatarias.
En Hondarribia (G) los datos reflejan el cambio que se ha ido produciendo, en el sentido de que a principios del siglo XX eran mayoritarios los inquilinos, en tanto que a finales del siglo casi todos ellos habían accedido a la propiedad. En 1920, de las más de 250 fincas existentes en la localidad, unas sesenta eran propiedad de quien las explotaba y alrededor de 200, arrendadas. El 90 % del terreno del pueblo estaba dedicado a la actividad agrícola. En 1969 las fincas eran en torno a las 170; cerca del centenar de propietarios y unas setenta arrendadas. El terreno dedicado a la actividad agrícola era el 38 %. En los años setenta las familias campesinas eran unas 190; de ellas un centenar largo ocupaban fincas propias y unas 90 eran arrendatarios.
En Mendaro (G), si bien hasta mediados de los años 1950 el régimen de inquilinato era muy intenso llegando a constituir hasta el 40%, en los años 1990 era muy predominante la explotación directa, situándose por encima del 80 %.
En San Martín de Unx (N) antaño abundaron las explotaciones a renta, cuyas condiciones eran que si había buena cosecha, el alquilado aprovechaba 2/3 de la misma, teniendo derecho el amo sobre el otro tercio. Si acaecían malos tiempos, el producto final no daba para el mantenimiento de los layadores y de dos casas, con lo que a veces el propietario corría el riesgo de no percibir su parte.
En esta misma localidad los arrendamientos de fincas de secano pueden hacerse por un año, obligándose el arrendatario a pagar el alquiler y abandonar la finca al terminar la recolección. También hay arrendamientos a peones, como en el caso de las huertas. El arrendatario se obliga a prestar su trabajo durante un número determinado de días en concepto de pago.
En el catastro de la Diputación Foral de Navarra (hoy Gobierno de Navarra) figura una relación de los propietarios emigrados de la localidad en los años 1930, y que desde donde se encontraban dirigían, bien a través de sus familiares o no, las tierras de su propiedad. Muchos de ellos desde Buenos Aires o desde Bilbao, Valtierra, Obanos y Alagón. También había quienes vivían en los alrededores del pueblo (Tafalla, Beire, Olite y hasta Pamplona) y trabajaban sus tierras, delegando en ciertas personas parte de su autoridad sobre ellas.
En Viana (N) desde los siglos medievales han existido en la localidad las tierras a censo, sobre todo pertenecientes a la iglesia o a los monasterios, de Roncesvalles, de Iranzu y de Santa María de Nájera, etc, que tuvieron en Viana muchas posesiones. La propiedad total de la tierra era de los amos arrendadores, pero su uso y explotación, mediante el pago del censo anual, era de los arrendatarios. Estos censos eran vitalicios, pues pasaban los derechos a las tierras de padres a hijos, cumpliendo las condiciones del arrendamiento. Tras la Desamortización de los bienes de la Iglesia en el siglo XIX, todas estas tierras pasaron a los que las habían trabajado desde hacía, a veces, siglos.
En Valtierra (N) en la primera mitad del siglo XX, la clase media agrícola era escasa. Diez o doce familias eran propietarias de grandes posesiones que ellos no las trabajaban. Disponían de administradores, colonos, criados, asalariados e inquilinos. De una u otra forma, todos trabajaban para los señores y tenían unas tierras concedidas para su propio beneficio. Algún terrateniente vendió las tierras a los inquilinos que las trabajaban.
Sartaguda (N) fue villa de señorío hasta 1943. Perteneció al duque del Infantado y sus habitantes eran legalmente ‘colonos’. Hasta 1942 se le pagaba en especie por el uso de las tierras. A partir de los años 1930, el duque comenzó a vender las peores tierras a la Diputación, que hoy son hierbas, corralizas y sotos del comunal. En 1943 la Diputación compró Sartaguda al duque y tuvo lugar el tan deseado reparto de tierras entre los habitantes. Las parcelas son cada vez menores por las sucesivas divisiones del patrimonio entre los hijos. El futuro, según señalan algunos informantes jóvenes no pasa tanto por la concentración de fincas sino por la implantación de invernaderos. Para la gestión del agua existe un sindicato de riego.
En otras localidades también han consignado la existencia de inquilinos que trabajaban tierras de los propietarios. Así en Abezia, Treviño y La Puebla de Arganzón (A) y en AmorebietaEtxano (B) había familias no propietarias que tenían alquilada la casa y la labranza. En Berganzo (A) ha habido dos grandes propietarios que explotaban sus tierras arrendándolas. En Valderejo (A) los propietarios también trabajaban en régimen de alquiler fincas que en los repartos de herencias habían correspondido a otros familiares. En Apodaka (A) a partir de los años setenta comenzaron a arrendar las tierras a labradores de la misma localidad; hoy las labran entre cuatro.
En Agurain (A) hay constancia de que tierras que antes se cultivaban directamente ahora se hacen en régimen de aparcería, debido fundamentalmente a que el propietario ha envejecido y es incapaz de trabajar adecuadamente la tierra. Se dan casos de dar a jornal los trabajos de ciertas tierras por propietarios que no disponen de maquinaria a otros agricultores del mismo pueblo o de alguno cercano que la tengan.
En Izurdiaga (N) ha sido costumbre alquilar tierras a vecinos que se han marchado de la localidad por una u otra razón y no pueden ocuparse de ellas. En Améscoa (N) solo algunas casas, cuyas haciendas son muy reducidas “llevaban a renta” piezas que pertenecieron generalmente a familias que se ausentaron del valle.
En algunos lugares ha sido más ocasional la existencia de tierras arrendadas. Así en Obanos (N) a mediados del siglo XX se llevaba a renta alguna pieza o viña e incluso podían trasmitir a un hijo, al casarse, ese derecho. En el Valle de Roncal (Ustárroz, Isaba y Urzainqui-N) de vez en cuando alquilaban o solicitaban el uso de algún comunal u otro servicio del valle o del ayuntamiento. Las casas fuertes si disponían de tierra baldía la alquilaban como pasto o para ser labrada.
En Donazaharre (BN) se han consignado dos formas de arrendar la tierra por parte de los no propietarios, denominados etxetiarrak. El arrendamiento fue al principio más excepcional, el arrendatario pagaba al arrendador la cantidad convenida. Un método más habitual fue el colonato, mediante el que el colono pagaba al dueño en especie cada 11 de noviembre, festividad de san Martín. En esta fecha las dos partes tenían la posibilidad de rescindir el contrato. Pero esta forma de explotación fue derivando al arrendamiento o la compra de las tierras por el colono, con lo que fue cambiando el paisaje agrícola.