Condiciones contractuales
Un ejemplo válido para el caso navarro era el contemplado en las Ordenanzas de Allo aprobadas en 1866. La fórmula estaba regulada en su artículo 23, que establecía que los ganados que disfrutaran de los pastos comunales tenían que ser custodiados por pastores nombrados por la Veintena y Doce Mayores Contribuyentes «por tiempo y salario que crean conveniente». Para ser pastor concejil en esta localidad era necesario cumplimentar el llamado memorial, que consistía en enviar una solicitud al ayuntamiento, dentro de un sobre cerrado, indicando el puesto al que se aspiraba (dulero, vaquero, boyero o cabrero) y el sueldo que se deseaba recibir.
Las mismas ordenanzas establecían en el artículo 25 que los salarios de estos pastores se debían cargar al número de cabezas que custodiaban, quedando por cuenta del ayuntamiento la distribución equitativa entre los cuatro pastores. Su desaparición fue paulatina: primero los boyeros y, finalmente, el dulero, hacia los años cincuenta. La cabrería se abandonó con la jubilación de su último pastor, a principios del decenio de los setenta.
En Abecia, Apellániz, Badaia, Bernedo, Pipaón, Ribera Alta, Treviño, Valderejo (A); Allo, Bigüezal, Sierra de Codés, Valle de Elorz, Jaurrieta y San Martín de Unx (N), el concejo, o la villa en su caso, llegaba a un acuerdo verbal con el pastor por el día de San Pedro o San Miguel –según cada pueblo– para contratar sus servicios durante un año, prorrogable. Esta negociación en Mirafuentes (N) se denominaba ajustar y tenía lugar el primero de mayo; en Bernedo (A) se la conocía con el nombre de «salir a remate».
En Lezaun (N) los servicios de cada pastor se ajustaban anualmente por el procedimiento de «la candela». Consistía éste en que el servicio se adjudicaba en pública subasta al que presentaba la última puja antes de que se apagara la vela o candela que se encendía a estos efectos. El pueblo contrataba además a tres guardas que, junto con los pastores, formaban el colectivo de «los serviciales», así denominados porque sus trabajos eran servicios al pueblo. El que más ha durado ha sido el de la cabritería, que estuvo vigente hasta 1972; a partir de ese año dejó de contratarse al cabrero y el servicio pasó a realizarse a turnos por los propietarios de los animales. El último día en el que tuvo lugar fue el 20 de octubre de 1990. Además de pagarse a los serviciales lo acordado, se desembolsaba cierta cantidad por el aprovechamiento de hierbas, normalmente «tres hierbas» (derecho a que durante el año pueden pastar tres animales mayores en el término municipal), que hoy en día se utilizan con ganado menor, a razón de una equivalencia de siete ovejas por una cabeza de ganado.
En San Martín de Unx (N) durante años el de la Junta de Abastos trabajaba a sueldo de ésta. Disuelta la Junta, cada ganadero se convirtió en su propio pastor o bien recurría a pastores profesionales, en cuyo caso la relación laboral podía ser diversa. El ganado que llevaba el pastor podía ser ovino, caprino o de ambas especies. El cabrero y el dulero, puestos por el ayuntamiento, recibían su sueldo de los propietarios de las cabras y de las caballerías respectivamente.
Con frecuencia, los pastores contratados eran oriundos de otras zonas. Así, por ejemplo, a Ribera Alta (A) llegaban desde la Llanada Alavesa y Burgos junto con toda su familia.
En Moreda (A) los vecinos que tenían cabras pagaban al pastor un tanto cada mes. Asimismo, el cabrero cobraba un duro o dos por cada cabra que paría ya que solían hacerlo en pleno campo; entonces el pastor recogía el cabrito y se lo llevaba a la dueña.
En Oiardo (A) el pueblo contrataba un pastor de vacuno, dado que la presencia de rebaños de ovino en la zona es reciente. Sin embargo, con su introducción, se prescindió de la figura de los contratados y desde entonces son los propietarios quienes se responsabilizan de su ganado.
En Bigüezal (N) el pueblo contrataba boyeros por un año. Cuidaban del rebaño durante el día y regresaban al pueblo al anochecer. En el caso del ganado lanar era costumbre que los rebaños y los pastores de dos casas se reunieran para dormir al pie del ganado desde el 15 de julio hasta San Miguel, 29 de septiembre.
En Leintz-Gatzaga (G) las Ordenanzas de la localidad confirman la presencia de dos pastores concejiles, pagados por los vecinos para el cuidado de sus cabras y puercos[1].
En Badaia (A) se contrataba un pastor cuando el número de cabezas de caprino era elevado; a cambio, recibía la manutención y el alojamiento por renque en casa de los vecinos, es decir, en función del número de cabezas de ganado que cada familia aportara al rebaño.
- ↑ Antonio CILLÁN. La comunidad foral de pastos en Guipúzcoa. San Sebastián, 1959, p. 73.