Condiciones de disfrute
Las condiciones de disfrute varían de unos lugares a otros. Puede decirse que lo más frecuente es pagar a los ayuntamientos o concejos (o, en su caso, a las juntas que administran las comunidades de pastos) un canon anual. No obstante, no pueden considerarse como excepcionales los casos en los que el derecho al pasto es gratuito.
Ordinariamente las cuotas recaudadas por pastar en terrenos comunales están destinadas al erario público. Algunas encuestas señalan que dichas cuotas tienen finalidades concretas de mejora de la ganadería: mantenimiento de sementales (Abadiano-B), arreglo de pozos (Sierra de Badaia-A).
Es frecuente, allá donde las necesidades de los ganaderos locales quedan suficientemente cubiertas o donde ya no hay ganados y sobran pastos, sacar a subasta para que por ellos pujen los ganaderos de otras localidades, normalmente limítrofes.
En este capítulo no pretendemos hacer una relación catastral y exhaustiva de los terrenos comunales de Vasconia. Nuestros datos son de carácter etnográfico y se basan en los testimonios recogidos por nuestros encuestadores en aquellas localidades que han sido objeto de investigación. La pretensión principal ha sido constatar y analizar las entidades y modalidades existentes para el aprovechamiento de los pastos comunales.